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Mostrando las entradas de octubre 19, 2015

Aplicación temporal del nuevo Código Civil

El pasado primero de agosto de 2015 entro en vigencia el Código Civil y Comercial de la Nación, que fue aprobado por Ley 26.994 del 1 de octubre de 2014. Con su entrada en vigencia surge la pregunta sobre qué sucede con las relaciones y situaciones jurídicas que nacieron durante la aplicación del antiguo Código Civil. La aplicación temporal del nuevo Código Civil y Comercial se encuentra regulada en su art. 7 , el cual dice que:  “A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. La leyes no tienen efecto retroactivo , sean o no de orden público, excepto disposición en contrario. La retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales. Las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en curso de ejecución, con excepción de las normas más favorables al consumidor en las relaciones de consumo”. Si bien se aplica la ley a partir de