El 29/06/2020 por medio del Decreto 580/2020 se promulgó la nueva LEY DE ALQUILERES N° 27.551. Te contamos los principales puntos de la nueva ley cuando el alquiler es con destino para vivienda: 1- No se pueden pedir alquileres anticipados por periodos mayores a un mes. 2- Los depósitos en garantía no podrán ser superiores al valor del primer mes de alquiler y al finalizar el contrato se debe devolver actualizado al valor del último mes de alquiler. 3- Se prohíbe la exigencia de valor llave. 4- No se puede exigir la firma de pagarés que no formen parte del contrato. 5- Plazo mínimo por tres años . 6- El Locador debe efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro en su calidad o defecto, originado por cualquier causa no imputable al locatario (inquilino). 7- El locatario (inquilino) No tiene a su cargo el pago de las que graven la cosa ni las expensas comunes extraordinarias . Puede establecerse que estén a cargo del locatario aquellas expensas que deriven de gastos habitu
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