Con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial se empezó a hablar del divorcio express como una nueva modalidad del mismo, pero surgieron las dudas sobre a qué hacía referencia la cualidad de express.
Esta modalidad de divorcio, nueva en Argentina, implica que un matrimonio puede divorciarse sin necesidad de expresar las causas ni de buscar culpables.
Conforme al viejo Código Civil el divorcio podía resultar contencioso o por mutuo acuerdo, pero ambos casos implicaba la expresión de causales, además regulaba la separación personal que no rompía el vínculo matrimonial.
Eran causales de divorcio:
- El adulterio;
- La tentativa contra la vida del otro cónyuge o de los hijos;
- La instigación de uno de los cónyuges al otro a cometer delitos;
- Las injurias graves;
- El abandono voluntario y malicioso.
La discusión de tales causales podía convertir un proceso de divorcio en algo muy largo.
El nuevo código civil establece como requisitos para el divorcio sólo la manifestación de voluntad de divorciarse de al menos uno de los cónyuges y la presentación de una propuesta sobre los efectos del divorcio (distribución de los bienes, responsabilidad parental, alimentos, compensaciones económicas, etc.). Además ha eliminado el plazo de tres años desde el matrimonio para solicitar el divorcio.
Por lo tanto que el divorcio sea express no significa que el trámite sea instantáneo ni extrajudicial, sino que ya no hay que esperar tres años para divorciarse y que al no haber discusión sobre las causales en el proceso judicial es algo más rápido y sencillo, además debe ser declarado judicialmente.
Fuentes: Arts. 202 y 214 CC (Ley 340, Modif. por Ley 23.515) ; Arts. 435, 437; 438 y 439 CCCN (Ley 26.994)